Auto Supremo AS/0848/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0848/2019

Fecha: 28-Ago-2019

Carlos Morales Guillén en su obra “Código Civil Concordado y Anotado” señala que el art

El art. 1445 del Código Civil, bajo el nomen juris de “acción negatoria” establece que: “I. El propietario puede demandar a quien afirme tener derechos sobre la cosa y pedir que se reconozca la inexistencia de tales derechos. II. Si existen perturbaciones o molestias, el propietario puede pedir el cese de ellas y el resarcimiento del daño.”
Carlos Morales Guillén en su obra “Código Civil Concordado y Anotado” señala que el art. 1455 del Código Civil: “Proporciona al propietario la acción negatoria servitutis, mediante la cual, éste desconoce un derecho real sobre la cosa de su propiedad … (…) … Al propietario le basta probar su derecho, correspondiendo al demandado probar la existencia del derecho real que alega sobre la cosa ajena”