La Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de El Alto, pronunció la Sentencia Nº
La Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de El Alto, pronunció la Sentencia Nº 073/2017 de 26 de abril, de fs. 92 a 96, declarando probada en parte la demanda; disponiendo que la empresa demandada cancele a favor del actor, la suma de Bs.59.728,96.- (cincuenta y nueve mil setecientos veintiocho 96/100 bolivianos), por concepto de beneficios sociales y derechos laborales detallados en dicho fallo; más la multa del 30% prevista en el art. 9 del D.S. Nº 28669 de 1 de mayo de 2006
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- La Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de El Alto, pronunció la Sentencia Nº
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, la UPEA a través de su representante René Lima Roque,
- Notificado con el Auto de Vista, la universidad demandada formuló recurso de casación, señalando lo
- Con relación al agravio del art
- Vulnerando el Tribunal de alzada el debido proceso, con inobservancia al principio de seguridad jurídica;
- Petitorio
- Solicita se resuelva casando el Auto de Vista recurrido, con las formalidades de ley
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
- En el caso, la universidad demandada en su recurso de casación, sostiene como infracciones, que
- Exponiendo como agravios de la apelación: el tiempo de servicios, y la aplicación del art
- Considerando el principio de congruencia, como componente del debido proceso, el Órgano Jurisdiccional tiene la
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
