POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el numeral 1 del art. 184 de la CPE, numeral 1 del parágrafo I del art. 42 de la LOJ, art. 277-I y Disposición Transitoria Sexta ambos del CPC, determina la inadmisibilidad del Recurso de Casación presentado por Carmen Rosa Tejerina de Bejarano de fs. 112 a 114 declarándolo IMPROCEDENTE, sin costas
- I.- CONSIDERACIONES LEGALES
- II.- ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
- 2
- Como se aprecia, el recurrente se encuentra obligado a fundamentar de manera precisa y concreta
- En mérito a lo anterior, la deficiencia del recurso, no permite abrir la competencia de
- En definitiva, el recurso sólo constituye un acto de disconformidad, con la resolución de segunda
- Por consiguiente, al no haberse cumplido con la carga legal impuesta por el citado art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase al tribunal de origen.
