Auto Supremo AS/0716/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0716/2019-RA

Fecha: 09-Sep-2019

Sobre este planteamiento, se advierte que la recurrente si bien invocó varios precedentes contradictorios, omite


Sobre este planteamiento, se advierte que la recurrente si bien invocó varios precedentes contradictorios, omite de forma clara explicar la contradicción con los mismos, limitándose a sólo citarlos y transcribirlos, en incumplimiento a los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP; sin embargo, se evidencia que a tiempo de precisar la vulneración a su derecho al debido proceso, proporcionó los antecedentes generadores de su recurso, explicitando los aspectos denunciados en alzada; asimismo, detalló en qué consistieron las omisiones y deficiencias en que hubiere incurrido el señalado Tribunal, relativa a la falta de fundamentación y motivación al momento de resolver el agravio previsto en el art. 370 inc. 5) del CPP; y, el resultado dañoso emergente del defecto: la confirmación de la Sentencia absolutoria que fuese contraria a la pretensión de la víctima. En consecuencia, se observa el cumplimiento de los presupuestos de flexibilización y por ende, resulta admisible el motivo expuesto en forma extraordinaria, siendo menester precisar en cuanto a la unísona denuncia de falta de fundamentación e incongruencia omisiva respecto a las mismas temáticas –de las cuales la recurrente expone los fundamentos otorgados por el Tribunal de apelación-, ante la falta de congruencia en su planteamiento, que siendo el examen de admisibilidad el momento oportuno para delimitar el ámbito de análisis de fondo en la resolución del recurso, corresponde precisar que el mismo estará orientado a evidenciar si el Tribunal de alzada incurrió o no en falta de fundamentación al emitir el Auto de Vista impugnado