Auto Supremo AS/0722/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0722/2019-RA

Fecha: 09-Sep-2019

Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

Por los fundamentos expuestos se advierte que el recurrente incumple con los requisitos de admisibilidad expuestos en los arts. 416 y 417 del CPP, denotándose una falta de técnica recursiva, argumentativa y objetiva, en el entendido que se ataca a la Sentencia y no así al Auto de Vista impugnado que hace inviable la consideración del análisis de fondo de lo traído en casación, pues si bien el recurrente invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 132/2015-RRC-L de 27 de marzo y 239/2012-RRC de 3 de octubre, no se evidencia el trabajo de contraste entre el Auto de Vista cuestionado y los referidos fallos, en el entendido que la Resolución recurrida pudiera haber incurrido en contradicción con la doctrina legal aplicable o en vulneración de derechos constitucionales, al no precisarse la restricción, disminución o el resultado dañoso emergente del fallo de alzada, en tal sentido el recurso en análisis deviene en inadmisible, considerando que la carga procesal impuesta por la norma a quien recurre de casación no puede ser suplida de oficio por esta Sala Penal.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Josimar Miranda Jordán, de fs. 352 a 355. 

Regístrese, hágase saber y devuélvase.
Firmado
Presidente Dr. Olvis Eguez Oliva
Magistrado Dr. Edwin Aguayo Arando 
Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela