Auto Supremo AS/0723/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0723/2019-RA

Fecha: 09-Sep-2019

Bajo el subtítulo “ERRÓNEA VALORACIÓN EN EL CONSDIERANDO QUINTO (V) DEL AUTO DE VISTA 30/19”,


Bajo el subtítulo “ERRÓNEA VALORACIÓN EN EL CONSDIERANDO QUINTO (V) DEL AUTO DE VISTA 30/19”, los recurrentes indican que el Tribunal de alzada acorde al considerando quinto no tomó en cuenta la fundamentación coherente y valorada por el Tribunal de Sentencia, por cuanto los Vocales no realizaron un análisis exhaustivo de la Sentencia en la dosimetría de la prueba de cargo y descargo, en la pertinencia y el valor probatorio de cada una de ellas, tal el caso del considerando XI de la Sentencia en cuyos fundamentos de derecho el Tribunal de juicio efectuó una motivada y fundamentada valoración probatoria, bajo el principio de legalidad penal en íntima y estricta conexión con el derecho a la libertad acorde a la fundamentación del Tribunal de juicio expuesto en el considerando XXI; sin embargo, en el considerando quinto del Auto de Vista se indica “…sin embargo podemos apreciar que ninguna de las pruebas de cargo ofrecidas y judicializadas por el Ministerio Público fueron valoradas correctamente…” (sic), cuando a fs. 511 y vta., se hace mención a las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público que presentó un solo testigo, el oficial Carlos Cesar Torrico, ratificándose en su informe que no aportó en nada a la investigación, solo fueron procedimientos según la norma pero ninguna incriminación a los recurrentes, ya que solamente existía documentación de simples informes y requerimientos, citando al efecto el Auto Supremo 373 de 6 de septiembre de 2006