De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 55/2017 de 29 de noviembre (fs. 54 a 65), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Jorge Ramón Caballero Siles, autor y culpable de los delitos de Avasallamiento y Amenazas, previstos por los arts. 351 Bis y 293 del CP, imponiendo la pena de tres años de privación de libertad, con costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de Sentencia.
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jorge Ramón Caballero Siles (fs. 71 a 73 vta.), formuló recurso de apelación restringida, siendo resuelto previo memorial de subsanación (fs. 117 a 123) por Auto de Vista 192/2019 de 25 de junio, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró su inadmisibilidad, manteniendo incólume la Sentencia impugnada.
Por diligencia de 26 de junio de 2019 (fs. 150), el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado; y, el 3 de julio del mismo año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 3 de julio de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se advierte que el 26 de junio de 2019, el
- El recurrente denuncia la vulneración al debido proceso en su vertiente falta de fundamentación y
- En consecuencia, se observa el cumplimiento de los presupuestos de flexibilización y por ende, resulta
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
