Auto Supremo AS/0733/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0733/2019-RA

Fecha: 09-Sep-2019

En consecuencia, se observa el cumplimiento de los presupuestos de flexibilización y por ende, resulta


Sin embargo, se evidencia que a tiempo de precisar la vulneración a su derecho al debido proceso en su vertiente derecho a recurrir, proporcionó los antecedentes generadores de su recurso, explicitando que hubiera subsanado debidamente su apelación restringida en alzada y la respuesta otorgada por el Tribunal de apelación relativo a la inadmisibilidad de su recurso; asimismo, detalló en qué consistieron las omisiones y deficiencias en que hubiere incurrido el señalado Tribunal –vulnerar su derecho a recurrir a los efectos de no resolver en el fondo los agravios de su alzada-; y, el resultado dañoso emergente del defecto: la confirmación de la Sentencia condenatoria que fuese contraria a la pretensión del recurrente.

En consecuencia, se observa el cumplimiento de los presupuestos de flexibilización y por ende, resulta admisible el motivo expuesto en forma extraordinaria, siendo menester precisar en cuanto a la unísona denuncia de falta de fundamentación y vulneración de su derecho a recurrir respecto a las mismas temáticas –de las cuales el recurrente expone los fundamentos otorgados por el Tribunal de apelación-, ante la falta de congruencia en su planteamiento, que siendo el examen de admisibilidad el momento oportuno para delimitar el ámbito de análisis de fondo en la resolución del recurso, corresponde precisar que el mismo estará orientado a evidenciar si el Tribunal de alzada vulneró o no su derecho a recurrir al emitir el Auto de Vista impugnado, al declarar la inadmisibilidad de su apelación