El derecho a recurrir o a impugnar es una parte indisoluble del derecho al Debido
El derecho a recurrir o a impugnar es una parte indisoluble del derecho al Debido Proceso que según Espinoza Carballo se conoce como “El Derecho a una Segunda Opinión”, tal como lo ha señalado la línea ya trazada por la Corte Suprema de Justicia en su Sala Penal al referir que los recursos son instrumentos de la actividad procesal, principalmente de la función jurisdiccional, constituyéndose en consecuencia en un derecho fundamental, que ha sido reconocido también por el art. 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el art. 14 núm. 5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, considerándose que a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, se debe observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 4 de junio de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia de 31 de octubre de 2017 (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 676/2018-RA de 14 de agosto,
- La recurrente denuncia, que el Auto de Vista impugnado vulnera sus derechos al debido proceso
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 676/2018-RA de 14 de agosto, de fs
- II.2.De la Sentencia
- Por Sentencia de 31 de octubre de 2017, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal
- II.3.De la apelación restringida de la víctima
- En conocimiento del recurso que antecede la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia
- III.1.El Derecho de impugnación de las Sentencias en Procedimiento Abreviado
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- El derecho a recurrir o a impugnar es una parte indisoluble del derecho al Debido
- Considerando que, ante el reconocimiento expreso del derecho al recurso desde una perspectiva constitucional, como
- En consecuencia, esta Sala Penal asume con base al análisis efectuado, que la Sentencia emitida
- En ese entendido, conforme a lo dispuesto en el Auto Supremo Nº 232/2018-RRC de 18
- Por cuanto, el derecho al recurso de las Sentencias se encuentra consagrado por los arts
- III.2. Análisis del caso concreto
- A los efectos de considerar la denuncia de casación por parte de la recurrente en
- Seguidamente, refirió que en el caso de autos el Juez de la causa aceptó la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
