Auto Supremo AS/0753/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0753/2019-RA

Fecha: 10-Sep-2019

El art


Denuncia también la existencia de vicio de incongruencia omisiva, en el entendido que el Auto de Vista impugnado, en ningún momento se pronunció sobre el punto I del recurso de apelación restringida (errónea aplicación de la ley procesal, falta de enunciación del objeto del juicio); tampoco se brindó pronunciamiento a la denuncia sobre la incongruencia de la sentencia con los puntos de la acusación planteada; la denuncia relativa a la defectuosa valoración de la prueba, asegurando que el fallo impugnado “llega a ciertas conclusiones sin explicar cuál fue el razonamiento o el íter lógico que lo condujo a ellas” (sic); finalmente, el Tribunal de apelación, no dio atención a los precedentes contradictorios invocados en el recurso de apelación restringida.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP