Auto Supremo AS/0754/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0754/2019-RA

Fecha: 10-Sep-2019

Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos


II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos:

Bajo el título “DE LA INOBSERVANCIA O ERRÓNEA APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA ART. 370- 1 DEL C.P.P. A.S. 226/2017 – RRC DE 21 DE MARZO DEL 2017” (sic), citando los Autos Supremos 227/2017-RRC de 21 de marzo y 226/2017-RRC de 21 de marzo, afirma que el Auto de Vista impugnado hizo suyas las violaciones del Tribunal de sentencia, pues con relación a la inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva, de forma muy vaga señaló que el Tribunal de sentencia al imponer la pena de 3 años y 5 meses en base al procedimiento abreviado observó el principio de legalidad, que la pena no podía superar la requerida por el fiscal, sin tomar en cuenta que como víctima se opuso al procedimiento abreviado en la etapa de juicio; sin embargo, el Auto de Vista impugnado de forma errónea manifiesta que la víctima pretendió oponerse al procedimiento abreviado mediante la apelación restringida, extremo falso, que evidencia que no se percató que apeló de la imposición de la pena irrisoria de 3 años, cuando la pena para el delito de Estafa con víctimas múltiples la mínima es 3 años y la máxima 10 años, menos consideró las agravantes, ni revisó el acta de juicio para verificar si la víctima se opuso al procedimiento abreviado, limitándose a señalar el Auto de Vista que la víctima fue notificada con el señalamiento del procedimiento abreviado, no provocándose indefensión, cuando su persona no impugnó la indefensión por falta de notificación, sino que no se había considerado la oposición de la víctima al procedimiento abreviado