Asimismo, es preciso tener en cuenta, al evidenciarse que todos los argumentos del precedente motivo
Asimismo, es preciso tener en cuenta, al evidenciarse que todos los argumentos del precedente motivo versan sobre las actas del juicio oral, sin señalar algún agravio que le haya generado la emisión y/o fundamentación del Auto de Vista, que la labor de este Tribunal Supremo de Justicia se encuentra restringida a efectuar un control eminentemente de derecho sobre el contenido y lo resuelto en el Auto de Vista cuestionado, siempre en correlación a las actuaciones realizadas por el Tribunal de alzada, así se desprende de lo establecido en los arts. 416 y 417 del CPP, referidos a la procedencia y requisitos indispensables que viabilicen la admisibilidad del recurso de casación; en los que se dispone que este medio de impugnación procede para refutar Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia, antes Cortes Superiores y Autos Supremos dictados por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia que sienten o ratifiquen doctrinal legal. En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros y precisos la supuesta contradicción entre los argumentos del Auto de Vista y los contenidos en el precedente contradictorio que invocó
- Por memorial presentado el 25 de abril de 2019, Bernardo Pilco Cuellar, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Bernardo Pilco Cuellar, formulo recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Refiere la existencia de actividad procesal defectuosa por defecto absoluto respecto a la declaración del
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el 17 de abril de 2019 el
- Respecto del primer motivo, identifica defectos ante la falta de firmas de los jueces miembros
- El recurrente hace referencia a la Sentencia Constitucional 224/2015-S2 de 25 de febrero, la cual
- Asimismo, es preciso tener en cuenta, al evidenciarse que todos los argumentos del precedente motivo
- En el presente motivo, se denota que la parte recurrente basa sus motivos únicamente en
- En el segundo motivo, refiere la existencia de otro defecto consistente que en el acta
- Con relación a la temática planteada, el recurrente no invoca precedente contradictorio alguno, por lo
- En el cuarto motivo, refiere la existencia de actividad procesal defectuosa por defecto absoluto respecto
- En primer lugar, se advierte que el recurrente se limita a invocar el Auto Supremo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
