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    Auto Supremo AS/0769/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0769/2019-RA

    Fecha: 10-Sep-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 9 de julio de 2019, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado Hernán Humberto Borroso Antelo, interpuso recurso de apelación restringida
    • El recurrente, realizando una breve descripción de la procedencia del recurso de casación y en
    • Alega vulneración al debido proceso por falta de fundamentación y/o motivación y del principio de
    • Refiere que a momento de interponer la apelación restringida, denunció la mala interpretación y aplicación
    • El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • Identificado el primer motivo de casación, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado
    • En el motivo sujeto a análisis, el recurrente invoca como precedentes los Autos Supremos 251/2012
    • Asimismo, pese a incumplir con los presupuestos de procedencia procesales, el recurrente argumentó la existencia
    • Por ello, habiéndose advertido que el recurrente no ha dado cabal y correcta observancia a
    • Como segundo motivo, el recurrente alega la vulneración del debido proceso por falta de fundamentación
    • Al efecto de sustentar lo señalado, el recurrente invoca los Autos Supremos 082/2017-RRC, 86/2013 de
    • A su vez, de la lectura de los argumentos vertidos, al contrario de lo señalado
    • Finalmente, como tercer motivo, el recurrente refiere que, a momento de interponer la apelación restringida,
    • De los argumentos vertidos en el recurso sobre lo particular, pese a invocarse el Auto
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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