El art
El recurrente explica que tal desatención vulneró el “debido proceso en su triple dimensión, en su vertiente o componente al derecho a la defensa, que tiene su nexo causal con el derecho al acceso a la justicia y a las resoluciones debidamente fundamentadas y motivas que a su vez deviene en defecto absoluto insubsanable, no susceptible de convalidación conforme el art. 169.3) y 9 relacionado con el 398 y 124 del Código de Procedimiento Penal, habiéndose inobservado las disposiciones en sus arts. 109.I, 115 I.II, 117.I, 119.I.II de la CPE” (sic)
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 24 de mayo de 2019, fs
- Por Sentencia 23/2018 de 16 de julio, de fs
- Contra aquel Fallo, Walter Sebastián Egüez Jelski y Edson Castro Soliz, representando a CBI SRL,
- El 17 de mayo de 2019, se notificó al recurrente con el Auto de Vista
- En el punto apelado 4, “agravios generados al declarar improbada la excepción de atipicidad” (sic)
- 2
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Tal entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se advierte que el 17 de mayo de 2019, el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
