Auto Supremo AS/0803/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0803/2019-RA

Fecha: 10-Sep-2019

Regístrese, hágase saber y cúmplase


No obstante, cabe dejar sentado que el recurrente, independientemente de lo antedicho, motivó la concurrencia de defectos absolutos generados por el Auto de Vista impugnado al confirmar la Sentencia apelada, que la parte considera vulneratorios al deber de motivación, fundamentación e imparcialidad como componentes del derecho al debido proceso respecto a los agravios expresados en el recurso de apelación y en audiencia de fundamentación, lo cual hace entrever el cumplimiento suficiente de los requisitos de flexibilización establecidos en el apartado III parte final de la presente resolución haciendo permisible admitir el recurso para la verificación de la concurrencia o no de defectos susceptibles de nulidad.
POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CCP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por César Vargas Villarroel, de fs. 565 a 569 vta., por flexibilización; conforme a los alcances establecidos en la presente resolución. Asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, se dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.

Regístrese, hágase saber y cúmplase