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    Auto Supremo AS/0825/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0825/2019-RA

    Fecha: 17-Sep-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 22 de julio de 2019, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la mencionada Sentencia, la Alcaldía Municipal de Tupiza representada por Mario Martínez Cazon (fs
    • El recurrente, fundamenta su recurso bajo los siguientes argumentos
    • Denuncia revalorización en el Auto de Vista impugnado, al haber emitido la decisión de reponer
    • El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • En el primer motivo de casación, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado
    • Previamente, corresponde aclarar que si bien en el motivo se hace referencia a defectos sobre
    • Consiguientemente, hecha la aclaración, el recurrente en casación invoca contradicción del Auto de Vista impugnado
    • Como segundo motivo, denuncia revalorización en el Auto de Vista impugnado, al haberse emitido la
    • El recurrente, dentro los argumentos del recurso, invoca los Autos Supremos 053/2012 de 22 de
    • Asimismo, respecto al Auto Supremo 058/2016-RRC de 21 de enero, cuyo contenido fue desglosado superficialmente,
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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