De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la
De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista Nº 439/2019 de 27 de junio, cursante de fs. 253 a 256, estos gozan de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, toda vez que por memorial de fs. 238 a 242, interpusieron oportunamente recurso de apelación contra la sentencia, que dio lugar a la emisión de un Auto de Vista confirmatorio, por lo que se colige que la interposición de este medio de impugnación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical así como lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil
- Auto Supremo: 887/2019-RA
- Expediente: LP-101-19-S
- Partes: Manuel Tito Vásquez Quispe y Natividad Choque de Vásquez c/ Alberto
- Proceso: Devolución de inmueble
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 439/2019 de 27 de junio, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la
- 4. Del contenido del recurso de casación
- a)Que ni la sentencia y el Auto de Vista no refirieron ni consideraron las literales
- b)Que la sentencia negó absoluta e irresponsablemente la incorporación, indagación, compulsa y valoración de los
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule obrados hasta la
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
