De esta manera, solicitó la emisión de un auto supremo que case el Auto de
b)Que en el memorial de apelación se demostró los agravios sufridos con la sentencia, fundamentando dichos agravios en relación a la jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia que señala que no es admisible la exigencia de una extrema rigurosidad en las formas que se traduzca en la denegación de justicia, pues pese a que el recurso no sea claro en su redacción la autoridad jurisdiccional igualmente deberá resolver dicho recurso.
c)Que el Auto de Vista emitido por el Tribunal de alzada al declarar inadmisible el recurso de apelación vulneró los arts. 256, 261, 218.II num. 1 inc. b) del Código Procesal Civil.
De esta manera, solicitó la emisión de un auto supremo que case el Auto de Vista
c)Que el Auto de Vista emitido por el Tribunal de alzada al declarar inadmisible el recurso de apelación vulneró los arts. 256, 261, 218.II num. 1 inc. b) del Código Procesal Civil.
De esta manera, solicitó la emisión de un auto supremo que case el Auto de Vista
- Auto Supremo: 902/2019-RA
- Expediente:PT-15-19-S
- Lidia Velásquez
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 121/2019 de 1 de agosto, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia que cursa
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la
- a)Que el Tribunal de alzada a momento de la revisión del memorial de apelación contra
- De esta manera, solicitó la emisión de un auto supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
