Auto Supremo AS/0905/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0905/2019-RA

Fecha: 12-Sep-2019

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2. Expresaron que la petición fue por “división de herencia” y no por “división de bienes gananciales”, atribuyéndose y usurpando funciones de Juez Familiar, vulneró el art. 122 de C.P.E. y el art. 177.I del Código de las Familias y del Proceso Familiar, puesto que la comunidad de gananciales se regula por ley y no puede renunciarse ni ser modificada por convenios particulares, ya que para determinar la ganancialidad debieron previamente las ex cónyuges acudir a un procedimiento ordinario familiar de acuerdo a lo previsto en el art. 421 de la Ley Nº 603.
3. Demandaron la vulneración al debido proceso establecido en el art. 180 de la C.P.E. y al principio de congruencia establecido en el art. 265.I del Código Procesal Civil, puesto que el Auto de Vista no se ajustó a los puntos resueltos por el A quo que no fueron impugnados y posteriormente fueron modificados por la resolución de alzada estableciendo que los bienes gananciales fueron divididos, siendo que el A quo señaló que los mismos no fueron divididos, no pudiendo efectuarse “reforma en perjuicio” de la parte apelante