POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación cursante de fs. 276 a 283 vta., interpuesto por la Empresa Nacional de Ferrocarriles mediante su representante legal Beymar Escalier contra el Auto de Vista Nº 199/2018 de 16 de noviembre, cursante de fs. 259 a 261, pronunciado por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación cursante de fs. 276 a 283 vta., interpuesto por la Empresa Nacional de Ferrocarriles mediante su representante legal Beymar Escalier contra el Auto de Vista Nº 199/2018 de 16 de noviembre, cursante de fs. 259 a 261, pronunciado por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Auto Supremo: 924/2019-RA
- Expediente:SC-106-19-S
- Proceso: Usucapión decenal
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 199/2018 de 16 de noviembre, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la entidad recurrente, al margen de identificar debidamente la
- a) Que el Auto de Vista infringe el principio de legalidad al no considerar los
- b) Que el Auto de Vista confirma la sentencia sin considerar que el Juez de
- De esta manera, solicitó que se anule obrados hasta el vicio más antiguo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
