POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
De tal forma, ante la pretensión del GAMSC, de forzar una decisión de éste tribunal, para pronunciarse sobre la vulneración de sus derechos por parte del MTEPS, con la emisión de la Conminatoria de Reincorporación JDTS/CONM. N° 017/2019 de 12 de febrero de 2019, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz y RM N° 873/19 (Jerárquica) de 06 de septiembre de 2019, señalando que, ante el abuso o desvío de poder por parte de las entidades estatales, es el Poder Judicial el llamado para ejercer control a través del proceso contencioso administrativo, esta solicitud no encuentra asidero legal para su debate en ésta jurisdicción, debiendo dicho planteamiento ser dirigido a la instancia constitucional o legal correspondiente.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en el ejercicio de la atribución conferida por el art. 2-2 de la Ley Nº 620 de 29 de diciembre de 2014, RECHAZA y declara la inadmisibilidad de la demanda contenciosa administrativa, de fs. 37 a 44, interpuesta por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz, representado por Percy Fernández Añez, contra el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, salvando su derecho para accionar la vía legal correspondiente
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en el ejercicio de la atribución conferida por el art. 2-2 de la Ley Nº 620 de 29 de diciembre de 2014, RECHAZA y declara la inadmisibilidad de la demanda contenciosa administrativa, de fs. 37 a 44, interpuesta por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz, representado por Percy Fernández Añez, contra el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, salvando su derecho para accionar la vía legal correspondiente
- Del examen de los argumentos de la demanda y antecedentes adjuntos, se advierte que, el
- La demanda interpuesta por GAMSC, señala que a través de la Conminatoria de Reincorporación JDTS/CONM
- Reclama la falta de un correcto análisis de la situación jurídica de los servidores públicos
- Citando en relación a la normativa aplicable a los funcionarios provisorios, los arts
- Ampara su petición de declarar probada la demanda contenciosa administrativa y la nulidad de la
- El 22 de octubre de 1999, se promulgó el EFP, con el objeto de regular
- Asimismo, el art
- Al efecto, el art
- Por otra parte, corresponde puntualizar que si bien con la vigencia de la Ley N°
- Por lo señalado, se advierte una errónea interpretación de la norma aplicable respecto a funcionarios
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Procédase al desglose de la documentación presentada por la entidad demandante, quedando en su lugar
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
