Auto Supremo AS/0008/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0008/2020

Fecha: 30-Ene-2020

Si se contratan los servicios de una persona, es porque son necesarios; como lógica consecuencia,

Si se contratan los servicios de una persona, es porque son necesarios; como lógica consecuencia, si esos servicios son necesarios y quien los presta no ha incurrido en una causal que dé lugar a la instauración de un proceso administrativo interno, bajo las reglas del debido proceso, no se debe prescindir de ellos, a no ser que se haya demostrado la existencia de un motivo para la ruptura de la relación laboral