Contra la referida Sentencia, el imputado Pedro Rodolfo Ypi Chore formuló recurso de apelación restringida
Contra la referida Sentencia, el imputado Pedro Rodolfo Ypi Chore formuló recurso de apelación restringida (fs. 161 a 165), resuelto por Auto de Vista 15 de 17 de abril de 2019, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial de casación presentado el 17 de junio de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado Pedro Rodolfo Ypi Chore formuló recurso de apelación restringida
- Por diligencia de 10 de junio de 2019 (fs
- Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo
- Añade, que el art
- Citando los arts
- Concluye alegando, que el Tribunal de alzada señaló que tiene una participación activa, fundamento que
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- De los argumentos expuestos, se infiere que la denuncia deviene de una cuestión incidental, que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
