El recurrente denuncia que el Auto de Vista carece de fundamentación respecto de la denuncia
El recurrente denuncia que el Auto de Vista carece de fundamentación respecto de la denuncia planteada en el inciso 4) del romano de dicha resolución; es decir, que la Sentencia no hubiera fundamentado respecto del cumplimiento o no de los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP lo cual constituiría un defecto absoluto comprendido en el art. 169 inc. 3) del CPP concordante con el art. 370 incs. 1) y 11) del CPP
- Por memorial presentado el 2 de septiembre de 2019, Dulfredo Quiñones Valencia, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el 27 de agosto de 2019 el
- El recurrente denuncia que el Auto de Vista carece de fundamentación respecto de la denuncia
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
