Auto Supremo AS/0041/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0041/2020-RA

Fecha: 09-Ene-2020

El art


La parte recurrente cita en calidad de precedentes contradictorios los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004, 104 de 20 de febrero de 2004, 449 de 12 de septiembre de 2007, 111 de 31 de enero de 2007, 202 de 16 de julio de 2013, 238 de 27 de octubre de 2003, 690 de 20 de octubre de 2009 y la Sentencia Constitucional 1480/2005-R de 22 de noviembre.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP