Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Luis Leonardo Aparicio Porres, cursante de fs. 341 a 344.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 28 de octubre de 2019, cursante de fs
- El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada se extralimitó en su competencia, saliendo de
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de Autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada se salió de los límites del art
- A ello, esta Sala Penal evidencia que la parte recurrente invoca en calidad de precedentes
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
