Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0060/2020-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0060/2020-RA

    Fecha: 09-Ene-2020

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 7 de mayo de 2019, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Por diligencias de 25 y 29 de abril de 2019 (fs
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
    • También, hace referencia al incidente de aplicación del principio non bis in ídem del cual
    • También refiere que existe incongruencia en el Auto de Vista, donde señala claramente que es
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Conforme consta a fs
    • Con relación a Juan Carlos Valeriano Salazar, en el caso de autos se advierte que
    • En el primer motivo, hace referencia a la existencia de dos resoluciones, emergentes de una
    • En el presente motivo, se evidencia que todos los argumentos versan sobre la resolución de
    • En el tercer motivo, refiere que con relación al art
    • Con relación a estos dos motivos, resulta evidente que el impetrante no invoca precedente contradictorio
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • FDO
    • Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca