Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0074/2020-RA
Fecha: 20-Ene-2020
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Por memorial de casación presentado el 22 de noviembre de 2019, cursante de fs
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
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Contra la referida Sentencia, los imputados Osmar Copa Tapia, Jesús Genaro Choque Choque y Mario
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Por diligencias de 18 de noviembre de 2019 (fs
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Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
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Refieren que la Sentencia no cuenta con una adecuada fundamentación ni motivación, limitándose a realizar
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El art
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En este contexto, el art
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i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
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ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
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iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
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El precepto legal contenido en el citado art
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Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
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Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
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Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
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IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
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En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
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Sobre la temática planteada invocan los Autos Supremos 207/2007 de 28 de marzo y 144/2013
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Los recurrentes a los fines de la admisibilidad de su recurso cita las Sentencias Constitucionales
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Por los argumentos expuestos, se tiene que el presente motivo no cumplió con los arts
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En el segundo motivo, los recurrentes manifiestan que el Auto de Vista impugnado no consideró
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Por los argumentos expuestos, se tiene que el presente motivo no cumplió con el art
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Finalmente, en el tercer motivo, los recurrentes reclaman que el Auto de Vista impugnado mantiene
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Al respecto se evidencia que los recurrentes se limitan a citar los Autos Supremos 86/2011
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Por los argumentos expuestos, se tiene que el presente recurso no cumplió con el art
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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FDO
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Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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