Por memorial presentado el 15 de noviembre de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 87/2020-RA
Sucre, 20 de enero de 2020
Expediente: Oruro 04/2020
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Marianela Gómez Callizaya y otro
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de noviembre de 2019, cursante de fs. 72 a 73, Eloy Mamani Espinoza, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 149/2019 de 25 de octubre, de fs. 60 a 63, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y Marianela Gómez Callizaya, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley 1008
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 87/2020-RA
Sucre, 20 de enero de 2020
Expediente: Oruro 04/2020
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Marianela Gómez Callizaya y otro
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de noviembre de 2019, cursante de fs. 72 a 73, Eloy Mamani Espinoza, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 149/2019 de 25 de octubre, de fs. 60 a 63, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y Marianela Gómez Callizaya, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley 1008
- Por memorial presentado el 15 de noviembre de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el acusado Eloy Mamani Esponiza (fs
- El recurrente, haciendo alusión a la procedencia del recurso de casación refiere que el Auto
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- El recurrente, denuncia que el Auto de Vista impugnado resolvió un aspecto incidental, sin considerar
- Al efecto, el recurrente denuncia vulneración a la motivación de los fallos, que si bien
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
