VISTOS: Los recursos de casación cursantes de fs
Distrito: La Paz.
VISTOS: Los recursos de casación cursantes de fs. 598 a 600 y de fs. 607 a 610, presentados por Angélica Choque Aliaga y Félix Choque Aliaga respectivamente, impugnando el Auto de Vista Nº S - 227/2019 de 17 de mayo cursante de fs. 591 a 593 y Auto complementario de 23 de septiembre de 2019 a fs. 597, pronunciados por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de reivindicación más resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por Félix Choque Quispe contra Angélica Choque Aliaga, Roberto Tarquino Choque y Diego Tarquino Choque, las contestaciones cursantes de fs. 616 a 619 y de fs. 635 a 636; Auto de concesión de 2 de enero de 2020 cursante a fs. 646; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Félix Choque Aliaga mediante memorial de fs. 7 a 8, subsanando a fs. 11, demandó por reivindicación más resarcimiento de daños y perjuicios a Angélica Choque Aliaga, Diego y Roberto Tarquino Choque, quienes una vez citados, los dos últimos mediante memorial cursante a fs. 20 y vta., opusieron excepciones de obscuridad e imprecisión en la demanda, las cuales fueron declaradas improbadas por Auto Nº 401/2013 de 31 de octubre cursante a fs. 31 y vta. Asimismo al no haber contestado la demanda dentro del plazo legal, los demandados fueron declarados rebeldes por Auto de 5 de diciembre de 2013 cursante a fs. 35, purgando rebeldía por memorial cursante a fs. 46 y teniéndoles por apersonados mediante decreto cursante de fs. 46 vta. Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la sentencia, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 14 de la ciudad de La Paz, emitió Resolución Nº 39/2016 de 3 de junio cursante de fs. 423 a 425, en la que declaró PROBADA EN PARTE la demanda con relación solamente a la reivindicación y sin lugar a los daños y perjuicios, disponiendo la restitución por parte de Angélica Choque Aliaga y Diego y Roberto Tarquino Choque en favor de su propietario Félix Choque Aliaga del inmueble que ocupan en la calle Marcos Escudero Nº 347 de la zona de Vino Tinto
VISTOS: Los recursos de casación cursantes de fs. 598 a 600 y de fs. 607 a 610, presentados por Angélica Choque Aliaga y Félix Choque Aliaga respectivamente, impugnando el Auto de Vista Nº S - 227/2019 de 17 de mayo cursante de fs. 591 a 593 y Auto complementario de 23 de septiembre de 2019 a fs. 597, pronunciados por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de reivindicación más resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por Félix Choque Quispe contra Angélica Choque Aliaga, Roberto Tarquino Choque y Diego Tarquino Choque, las contestaciones cursantes de fs. 616 a 619 y de fs. 635 a 636; Auto de concesión de 2 de enero de 2020 cursante a fs. 646; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Félix Choque Aliaga mediante memorial de fs. 7 a 8, subsanando a fs. 11, demandó por reivindicación más resarcimiento de daños y perjuicios a Angélica Choque Aliaga, Diego y Roberto Tarquino Choque, quienes una vez citados, los dos últimos mediante memorial cursante a fs. 20 y vta., opusieron excepciones de obscuridad e imprecisión en la demanda, las cuales fueron declaradas improbadas por Auto Nº 401/2013 de 31 de octubre cursante a fs. 31 y vta. Asimismo al no haber contestado la demanda dentro del plazo legal, los demandados fueron declarados rebeldes por Auto de 5 de diciembre de 2013 cursante a fs. 35, purgando rebeldía por memorial cursante a fs. 46 y teniéndoles por apersonados mediante decreto cursante de fs. 46 vta. Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la sentencia, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 14 de la ciudad de La Paz, emitió Resolución Nº 39/2016 de 3 de junio cursante de fs. 423 a 425, en la que declaró PROBADA EN PARTE la demanda con relación solamente a la reivindicación y sin lugar a los daños y perjuicios, disponiendo la restitución por parte de Angélica Choque Aliaga y Diego y Roberto Tarquino Choque en favor de su propietario Félix Choque Aliaga del inmueble que ocupan en la calle Marcos Escudero Nº 347 de la zona de Vino Tinto
- y Diego Tarquino Choque
- Proceso: Reivindicación más resarcimiento de daños y perjuicios
- VISTOS: Los recursos de casación cursantes de fs
- 2
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- De la revisión de antecedentes se tiene que, una vez emitido el Auto de Vista
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- a) Que el Auto de Vista impugnado, vulneró los principios consagrados en los arts
- Petitorio
- Solicitó anular el Auto de Vista para que se emita uno nuevo con justicia imparcial
- 4
- b) Que el Auto de Vista vulneró su derecho propietario, al no enmendar el razonamiento
- Concluyó solicitando casar en parte el Auto de Vista impugnado, declarando probado el resarcimiento de
- Así, planteados los agravios por los recurrentes, se concluye que, en la forma cumplieron con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
