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    Auto Supremo AS/0131/2020-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0131/2020-RRC

    Fecha: 29-Ene-2020

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    • I.1. Antecedentes
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 654/2019-RA de 23 de agosto,
    • Acusa que el Auto de Vista confutado conlleva una contradicción en su fundamentación, al sostener
    • I.1.3. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 654/2019-RA de 23 de agosto, este Tribunal Supremo admitió el recurso formulado
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Juan Benito Gualoa, hubo agredido sexualmente a la víctima, amenazándola y forzándola a tener relaciones
    • II.3.Del Auto de Vista impugnado
    • Radicada la causa en la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, se
    • Respecto a que la Sentencia no guardó relación con la acusación porque se apartó de
    • Sobre los domicilios de la víctima y del imputado, los Jueces dicen que el hecho
    • En el caso presente, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, no contiene
    • III.1. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
    • El art
    • Orlando A
    • El mismo autor citando a Joan Pico I
    • Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal en el Auto Supremo 218/2014 de 4 de
    • III.2. El derecho al debido proceso
    • Dentro de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto al debido proceso,
    • Bajo ese marco garantista, se concluye lo siguiente
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Por otro lado, necesario señalar que la parte que recurre de casación está obligada a
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • FDO
    • Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca

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