III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Por memorial presentado el 19 de septiembre de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 43/2016 de 29 de diciembre (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 1031/2019-RA de 22 de noviembre,
- I.1.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 1031/2019-RA de 22 de noviembre, este Tribunal admitió el recurso formulado por
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- El acusador particular, presentó contra la Sentencia recurso de apelación restringida, alegando, en suma, la
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa en la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro,
- No precisan los recurrentes porqué resultaría arbitraria esta conclusión y menos por qué no se
- No se precisa cómo y porqué una entrevista voluntaria prestada por el señor Faustino Sánchez
- El razonamiento explanado por los recurrentes corresponde a dicho análisis; como otro argumento adicional que
- La apelación restringida presentada por la Aduana Nacional de Bolivia Regional Oruro no ha cumplido
- Conforme el Auto Supremo de admisibilidad del recurso de casación, el análisis se circunscribirá a
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- El art
- La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III
- Antes de analizar los precedentes invocados por los recurrentes, es preciso remitirnos al razonamiento establecido
- III.3. Del precedente invocado y Análisis del caso concreto
- La parte recurrente invoca como precedente en el recurso de casación sujeto a análisis el
- Actuar de manera contraria a la señalada precedentemente implicaría vulneración de las normas del debido
- Ahora bien, tratándose de incremento de la pena en la resolución del recurso de Apelación,
- Al respecto, como bien se sabe el art
- Por lo referido, al haberse establecido que dicho precedente invocado no tiene situación de hecho
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
