II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
El Auto de Vista de 05 de agosto de 2020, cursante de fs. 417 a 423 vta., resuelve un recurso de apelación que deviene de un proceso ordinario de reivindicación que permite ser recurrible en casación, conforme la previsión contenida en el art. 270 del Código Procesal Civil.
II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- Auto Supremo: 485/2020-RA
- VISTOS: El recurso de casación de fs
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- II.1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Yomara Marlene Illanes García en
- Indicó que los actores supuestamente adquirieron el terreno de Juan A
- Denunció que la declaratoria de herederos no constituye título idóneo que acredite derecho propietario sobre
- Manifestó que se demandó reivindicación de 401 m2 sin embargo en el Auto de
- Sostuvo que Gustavo Iván Tapia Revollo se hizo declarar heredero después de 26 años de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
