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Contra la citada Sentencia, la hoy casacionista formuló recurso de apelación restringida, resuelto a través de Auto de Vista 10/2020 de 6 de marzo, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declarando su improcedencia y confirmando el Fallo de grado
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- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En relación al plazo habilitante, a fs
- En el primer motivo, la recurrente plantea contradicción a la doctrina legal contenida en el
- En lo que toca al segundo motivo de casación, la recurrente considera que el Auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
