Por Sentencia 11/2015 de 30 de septiembre, el Juzgado de Sentencia Segundo de La Paz
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Por Sentencia 11/2015 de 30 de septiembre, el Juzgado de Sentencia Segundo de La Paz en el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró la absolución de Teresa María Rescala Nemtala, Cristian Ricardo Trigoso Agudo al considerarse que la prueba producida no fue suficiente para generar convicción sobre responsabilidad penal; asimismo, el propio Fallo condenó a Julio Heriberto Cuevas Lizárraga y Gustavo Ramón Mendoza Ríos a cumplir la pena de privación de libertad de un año por la comisión del delito de Despojo (art. 351 del CP)
- Por memorial presentado el 8 de enero de 2019, Gloria Liendo, en representación de Nataly
- Por Sentencia 11/2015 de 30 de septiembre, el Juzgado de Sentencia Segundo de La Paz
- Contra la citada Sentencia, Gustavo Mendoza Ríos y Heriberto Cuevas Lizárraga –en un mismo acto-
- La recurrente manifiesta que el Auto de 3 de mayo de 2017, viola la garantía
- Señala que el Auto de Vista impugnado, a más de violar garantías jurisdiccionales tuteladas constitucionalmente,
- Manifiesta que el Auto de 3 de mayo de 2017, infringió el art
- En similar postura, la señora Liendo, señala que el Auto de 3 de mayo de
- Añade que el Auto de Vista 113/2016, al afirmar en su Considerando III numeral 4
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En relación al plazo habilitante, a fs
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
