La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Nelson Callizaya Choque, de fs. 132 a 138; únicamente en relación a la insuficiente fundamentación del Auto de Vista respecto a los puntos de apelación iii), a la ix); asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo
- Por memorial de casación presentado el 31 de julio de 2020, cursante de fs
- Por Sentencia 029/2018 de 19 de octubre (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el acusado Nelson Callizaya Choque formuló recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 24 de julio de 2020 (fs
- Previa exposición de antecedentes fácticos y procesales, el recurrente reclama que el Auto de Vista
- Invoca como precedentes los Autos Supremos 145/2018-RRC de 20 de marzo, 429/2018-RRC de 13 de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En ese contexto, corresponde señalar que en relación a la insuficiente fundamentación del Auto de
- Ahora bien, en cuanto a la insuficiente fundamentación del Auto de Vista en relación a
- No obstante de lo anterior, en la fundamentación del recurso, el recurrente denuncia la vulneración
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
