CONSIDERANDO I
Proceso: Reivindicación, desocupación y entrega de inmueble más pago de daños
y perjuicios.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Luz Martínez Cortez y Edilfonso Carrillo Romero cursante de fs. 342 a 351, contra el Auto de Vista N° 81/2020 de 23 de julio, cursante de fs. 334 a 337 vta. de obrados, pronunciado por la Sala Tercera Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar, y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario de Reivindicación, desocupación y entrega de inmueble más pago de daños y perjuicios seguido por Adela Avalos Serrudo representada legalmente por Mario Peña García contra los recurrentes, la contestación cursante de fs. 355 a 359 vta.; el Auto de concesión de 09 de octubre de 2020 cursante a fs. 360, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Con base en la demanda cursante de fs. 10 a 14, complementada de fs. 28 a 29, Mario Peña García, inició el proceso ordinario de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble más pago de daños y perjuicios contra Luz Martínez Cortez y Edilfonso Carrillo Romero, quienes una vez citados contestaron negativamente a la demanda, y reconvinieron mediante memorial cursante de fs. 79 a 86 vta., desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse Sentencia N° 148/2019 de 16 de septiembre, cursante de fs. 264 a 269 vta., donde la Juez Público Civil y Comercial Nº 21 de Santa Cruz de la Sierra declaró: IMPROBADA la demanda principal y PROBADA en parte la demanda reconvencional
y perjuicios.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Luz Martínez Cortez y Edilfonso Carrillo Romero cursante de fs. 342 a 351, contra el Auto de Vista N° 81/2020 de 23 de julio, cursante de fs. 334 a 337 vta. de obrados, pronunciado por la Sala Tercera Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar, y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario de Reivindicación, desocupación y entrega de inmueble más pago de daños y perjuicios seguido por Adela Avalos Serrudo representada legalmente por Mario Peña García contra los recurrentes, la contestación cursante de fs. 355 a 359 vta.; el Auto de concesión de 09 de octubre de 2020 cursante a fs. 360, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Con base en la demanda cursante de fs. 10 a 14, complementada de fs. 28 a 29, Mario Peña García, inició el proceso ordinario de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble más pago de daños y perjuicios contra Luz Martínez Cortez y Edilfonso Carrillo Romero, quienes una vez citados contestaron negativamente a la demanda, y reconvinieron mediante memorial cursante de fs. 79 a 86 vta., desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse Sentencia N° 148/2019 de 16 de septiembre, cursante de fs. 264 a 269 vta., donde la Juez Público Civil y Comercial Nº 21 de Santa Cruz de la Sierra declaró: IMPROBADA la demanda principal y PROBADA en parte la demanda reconvencional
- Partes: Mario Peña García c/ Luz Martínez Cortez y Edilfonso Carrillo Romero
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Mario Peña García según
- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Luz Martínez Cortez y Edilfonso
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 81/2020 de 23 de julio, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
- De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- Que los Tribunales de alzada a momento de emitir el auto de vista se limitan
- Que la prueba cursante en obrados y que no fue valorada por el tribunal de
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
