Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Mario Peña García según
Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Mario Peña García según memorial cursante de fs. 274 a 281; la Sala Tercera Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar, y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista N° 81/2020 de 23 de julio, cursante de fs. 334 a 337 vta., REVOCANDO la sentencia y deliberando en el fondo declaró PROBADA la reivindicación, asimismo declaró IMPROBADA la demanda reconvencional
- Partes: Mario Peña García c/ Luz Martínez Cortez y Edilfonso Carrillo Romero
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Mario Peña García según
- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Luz Martínez Cortez y Edilfonso
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 81/2020 de 23 de julio, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
- De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- Que los Tribunales de alzada a momento de emitir el auto de vista se limitan
- Que la prueba cursante en obrados y que no fue valorada por el tribunal de
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
