El Protocolo de Actuación de Conciliación Judicial en Materia Civil, aprobado por Sala Plena del
El art. 292 del Código Procesal Civil, refiere: “Se establece con carácter obligatorio la conciliación previa, la que se regirá por las disposiciones del presente Código, por lo que al promoverse demanda principal deberá acompañarse acta expedida y firmada por el conciliador autorizado”.
El Protocolo de Actuación de Conciliación Judicial en Materia Civil, aprobado por Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia mediante Acuerdo de Sala Nº 122/2016 de 7 de noviembre del 2016, en su art. VI. 3. III) refiere que: “Si una de las partes no pudiere concurrir a la audiencia hará conocer el impedimento antes de su verificativo y, si la autoridad lo encontrare justificado, señalará nuevo día y hora de audiencia. Si la parte citada no concurriese a la audiencia de conciliación, los argumentos contenidos en la solicitud de conciliación se presumirán como ciertos y podrán ser utilizados posteriormente si se formalizara el proceso judicial”
El Protocolo de Actuación de Conciliación Judicial en Materia Civil, aprobado por Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia mediante Acuerdo de Sala Nº 122/2016 de 7 de noviembre del 2016, en su art. VI. 3. III) refiere que: “Si una de las partes no pudiere concurrir a la audiencia hará conocer el impedimento antes de su verificativo y, si la autoridad lo encontrare justificado, señalará nuevo día y hora de audiencia. Si la parte citada no concurriese a la audiencia de conciliación, los argumentos contenidos en la solicitud de conciliación se presumirán como ciertos y podrán ser utilizados posteriormente si se formalizara el proceso judicial”
- VISTOS: Los recursos de casación de fs
- CONSIDERANDO II
- 1
- Solicitaron que el Tribunal de alzada revoque y anule obrados hasta el vicio más antiguo
- Recurso de casación de Julia Portillo Barja (fs. 182 a 185)
- 2
- Solicitó que el Tribunal de alzada revoque y anule obrados hasta el vicio más antiguo
- Respuesta de Edwin Jhonson Rojas Galves al recurso de casación
- Solicitó se declare infundado el recurso de casación y sea ratificado y confirmado el Auto
- CONSIDERANDO III
- Por ello se deduce que la legitimación es un requisito que afecta tanto al actor
- III.2. De la conciliación previa
- El Protocolo de Actuación de Conciliación Judicial en Materia Civil, aprobado por Sala Plena del
- CONSIDERANDO IV
- Con relación al primer agravio, los recurrentes reclamaron vulneración del derecho a la legítima defensa
- Reclamado el segundo agravio de inseguridad jurídica, no se cumple con el voto de la
- Finalmente, sobre la transgresión del art
- Situación que se acomoda a la actuación del actor como de la conciliadora adscrita al
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula los honorarios para el abogado que contestó el recurso en la suma de
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina
