Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Cimar Leandro Mousnier Rollano por
Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Cimar Leandro Mousnier Rollano por sí y en representación de sus hermanos Ángel Linder y Nery Alfredo ambos Mousnier Rollano, se extraen los siguientes reclamos de orden legal:
a) Acusó, que el Tribunal de alzada omitió pronunciarse sobre cuestiones que hacen al fondo de su contenido y forzando un razonamiento interesado y contrario al derecho y a la justicia, con fundamentos irritantes que evidencia total carencia de sindéresis jurídica por ser ajenos a la verdad jurídica de fondo. Añadió, que han incurrido en una flagrante violación al contenido de los arts. 1254 y 1255 del Código Civil
a) Acusó, que el Tribunal de alzada omitió pronunciarse sobre cuestiones que hacen al fondo de su contenido y forzando un razonamiento interesado y contrario al derecho y a la justicia, con fundamentos irritantes que evidencia total carencia de sindéresis jurídica por ser ajenos a la verdad jurídica de fondo. Añadió, que han incurrido en una flagrante violación al contenido de los arts. 1254 y 1255 del Código Civil
- Vilte, Luis Gustavo Mousnier
- Proceso: División de bienes hereditarios
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 2
- 3
- Resolución que fue apelada por Cimar Leandro Mousnier Rollano, mediante memorial cursante de fs
- Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Cimar Leandro Mousnier Rollano por sí y
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista N° 158/2020 de 10 de agosto, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), la parte demandada, ahora recurrente, conforme la notificación
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Cimar Leandro Mousnier Rollano por
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
