POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 230 a 233., interpuesto por la Mutualidad del Poder Judicial y Ministerio Público representado legalmente por Oscar Manuel Viamont Márquez, impugnando el Auto de Vista SCCI N° 0143/202 de 12 de noviembre, cursante de fs. 226 a 228 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca
- Auto Supremo: 604/2020-RA
- Hamel Caba y
- Proceso: Nulidad de resolución
- Distrito: Chuquisaca
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- II.1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de fs
- a) Acusó que el razonamiento desarrollado por la Sala Civil y Comercial Primera, no es
- c) Señalo que la resolución recurrida importa un fallo arbitrario y además de no comportar
- d) Mencionó que las autoridades no revisaron a profundidad los antecedentes que motivan el presente
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
