POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el numeral 1 del art. 184 de la Constitución Política del Estado y del numeral 1 del parágrafo I del art. 42 de la Ley del Órgano Judicial, N° 25 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 113 a 115.
Con costas en aplicación del art. 223.V.2.
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 659/2020
- Sucre, 24 de noviembre de 2020
- Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 339/2020
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar.
- CONSIDERANDO I.
- I.1.Antecedentes del proceso.
- PROBADA
- I.2. Auto de Vista.
- REVOCAR en parte
- I.3 Motivos del recurso de casación.
- CONSIDERANDO II:
- 1.1. Consideraciones previas.
- IV.1. Conclusión
- POR TANTO:
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
