2.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Juan James Edmundo Schwarz Cortez, mediante memorial cursante de fs. 524 a 529, y la apelación interpuesta por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz por escrito de fs. 545 a 551, originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, y Violencia, Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista Nº 119/2020 de 4 de agosto, cursante de fs. 584 a 594 vta., CONFIRMANDO a) la Sentencia de 22 de octubre de 2018, cursante a fs. 500 a 506, b) el Auto definitivo de 22 de octubre de 2018 cursante a fs. 489 y vta., c) el Auto definitivo de 22 de octubre de 2018 cursante a fs. 492 a 494, con costas y costos para Juan James Edmundo Schwarz Cortez.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs. 596, se observa que los recurrentes Juan James Edmundo Schwarz Cortez, Angélica Sosa de Perovic en su condición de alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz a fs. 595 y vta., Maritza Herrera Eguez defensora de oficio a fs. 595 y vta, fueron notificados el 29 de septiembre de 2020, y como los recursos de casación fueron presentados el 9 de octubre y 13 octubre del mismo año, tal cual se observa de los timbres electrónicos cursante a fs. 597, 610 y 615, haciendo un cómputo se infiere que los recursos de casación objeto de la presente resolución, fueron interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles.
