Del subsidio de frontera
El subsidio de frontera en el marco del artículo 12 del DS N° 21137 de 30 de noviembre de 1985, (Subsidio de frontera); señala: "Se sustituye los bonos de frontera, zona o región con un subsidio de frontera, cuyo monto será el veinte por ciento (20%) del salario mensual. Se beneficiarán con este subsidio, solamente los funcionarios y trabajadores del sector público cuyo lugar de trabajo se encuentra dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales. Esta disposición regirá también para las empresas privadas".
Consecuentemente, el supuesto legal prevé que el trabajador debe desempeñar sus funciones dentro de un área comprendida en los cincuenta kilómetros linéales con las fronteras internacionales, para poder beneficiarse del subsidio de frontera, supuesto que no distingue la naturaleza de los trabajos a realizar o las modalidades de contratación.
- Fragmento 1
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Distrito:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- probada en parte
- Auto de Vista
- confirmando
- RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- Argumentos del recurso de casación:
- 1.-
- 2.
- Petitorio.
- Respuesta al recurso de casación.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Normativa y doctrina aplicable:
- Del subsidio de frontera
- De la carga probatoria
- Análisis del caso
- POR TANTO:
