VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación en el fondo, de fs. 108 a 110, interpuesto por el Gobierno Autónomo Departamental de Pando (GADP), a través de su apoderado Toshio Apuri Salvatierra, contra el Auto de Vista N° 330/19 de 13 de noviembre de 2019, emitida por la Sala Civil, Social, Familiar, de Niñez y Adolescencia, Contencioso y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, de fs. 100 a 101; dentro el proceso de pago de subsidio de frontera, interpuesto por Franklin Menacho Tellería contra la entidad recurrente; el Auto N° 57/2020 de 13 de enero de 2020 de fs. 125 vta., que concedió el recurso; el Auto N° 324 de 27 de julio de 2020 de fs. 137 a 139, por el cual se declara Improcedente el recurso de casación interpuesto por Franklin Menacho Tellería y admitió el recurso de casación interpuesto por el GADP; los antecedentes procesales; y:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia
- Fragmento 1
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Distrito:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- probada en parte
- Auto de Vista
- confirmando
- RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- Argumentos del recurso de casación:
- 1.-
- 2.
- Petitorio.
- Respuesta al recurso de casación.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Normativa y doctrina aplicable:
- Del subsidio de frontera
- De la carga probatoria
- Análisis del caso
- POR TANTO:
