2.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Nicolás Cahuana Mamani por sí y en representación de los otros codemandantes mediante memorial cursante de fs. 665 a 666 vta., y la contestación al recurso de apelación de Fabricio Serafín Cahuana Lara mediante memorial de fs. 671 a 672, a cuyo efecto la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia Oruro, emitió el Auto de Vista N° 111/2020 de 28 de septiembre, cursante de fs. 699 a 709, REVOCANDO TOTALMENTE la Sentencia N° 16/2020 de 17 de enero, disponiendo en consecuencia que la jueza A quo dicte nueva resolución fundamentada y motivada, siguiendo los lineamientos de orden legal, constitucional, jurisprudencial y doctrinal que proceden.
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- III.1. Ámbito del Auto de Vista.
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- el Tribunal de segunda instancia no constituye solo un revisor del obrar del proceso que se limita a identificar afectaciones al debido proceso o en su caso, contrastar las decisiones que resolvieron la controversia y derivarla luego al mismo juez para su reparación
- POR TANTO:
