Auto Supremo AS/0707/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0707/2020

Fecha: 14-Dic-2020

DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Que el Tribunal de segunda instancia si bien fundamenta la resolución impugnada, sin embargo, olvida que como autoridades tenían la obligación, a tiempo de revocar totalmente la sentencia, realizar, en respecto al debido proceso, un análisis conforme en derecho corresponda y no como un formalismo limitarse a revocar la sentencia y disponer la devolución de obrados a la juez de primera instancia a objeto que se emita una nueva sentencia pese a que en el Auto de Vista se realizó una fundamentación con base en el Auto Supremo N° 470/2013 de 13 de septiembre.

Que la fundamentación emitida por el Tribunal de alzada es la misma al momento de emitir sentencia declaró improbada la demanda y que el hecho al que se refieren las autoridades de segunda instancia en sentido de haberse realizado un análisis individual de las pruebas para luego valorarlas integralmente fue cumplido por la juez A quo, por lo que equívocamente el Tribunal de apelación al momento de analizar los agravios reclamados por los demandantes no tomó en cuenta y se limitó a efectuar un análisis de algunas pruebas y no así de todas las pruebas que fueron determinantes, como por ejemplo la Sentencia de divorcio.