POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184.1 de la Constitución Política del Estado y el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 440 a 448, interpuesto por Paulo Gonzales De Prada Pizarro en representación legal del Restaurante “Taberna Gatto Pardo”; en consecuencia, se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista 187/2020 de 26 de agosto, cursante de fs. 429 a 437 vta. Con costas.
Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.000 que mandará pagar el Tribunal ad quem.
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
- ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
- ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 709/2020
- Sucre, 11 de diciembre de 2020
- Expediente: SC-CA.SAII-TJA. 426/2020
- Distrito: Tarija
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- CONSIDERANDO I.
- I.1.Antecedentes del proceso.
- PROBADA en parte
- I.2. Auto de Vista.
- revocar en parte
- TOTAL ADEUDADO Bs.39.846,31.-
- I.3 Motivos del recurso de casación.
- EN LA FORMA
- EN EL FONDO
- 1.3.2 Petitorio
- CONSIDERANDO II:
- II.1.1. Consideraciones previas.
- II.1.2.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
- Fragmento 26
