revocar en parte
Contra esta decisión, Paulo Gonzales De Prada Pizarro, en representación legal del Restaurante “Taberna Gatto Pardo”, y la actora Eliana Enza Beltrán Téllez, interpusieron recurso de apelación, cursante de fs. 374 a 381 y 383 a 386 vta. respectivamente; y, cumplidas las formalidades procesales, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitió el Auto de Vista 187/2020 de 26 de agosto, cursante de fs. 429 a 437 vta., resolviendo revocar en parte la decisión de primera instancia, sin costas por la doble apelación, disponiendo la modificación de la fecha de conclusión de la relación laboral el 31 de diciembre de 2010, en base a la cual realiza la siguiente liquidación:
Salario Promedio Indemnizable: Bs.1.000.-
Tiempo de trabajo: inicio febrero de 2004 a 31 de diciembre de 2010.
Tiempo de relación laboral: 6 años y 10 meses.
Indemnización: Bs. 6.833.-
Aguinaldo Bs. 7.833.-
Trabajo en días domingos: Bs.20.400.-
Trabajo en días feriados: Bs. 3.066,66.-
Subsidio pre-natal: Bs. 1.630,00.-
Prima anual gestión 2007-2010: Bs. 3.916,66.-
Vacaciones (20 días) Bs. 666.,66
Total Bs.44.346,31.-
Menos pago a cuenta: Bs. 4.500.-
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
- ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
- ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 709/2020
- Sucre, 11 de diciembre de 2020
- Expediente: SC-CA.SAII-TJA. 426/2020
- Distrito: Tarija
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- CONSIDERANDO I.
- I.1.Antecedentes del proceso.
- PROBADA en parte
- I.2. Auto de Vista.
- revocar en parte
- TOTAL ADEUDADO Bs.39.846,31.-
- I.3 Motivos del recurso de casación.
- EN LA FORMA
- EN EL FONDO
- 1.3.2 Petitorio
- CONSIDERANDO II:
- II.1.1. Consideraciones previas.
- II.1.2.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
- Fragmento 26
