1. De la resolución impugnada.
Se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de apelación presentado por la parte demandante contra el Auto de Vista N° 235/2020 de 3 de noviembre de fs. 374 a 377 vta., que revocó la sentencia, por lo tanto, se encuentra dentro de la previsión contenida en el art. 270 del Código Procesal Civil.
